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09/04/2026

Uno por uno, los puntos clave de la reforma de la Ley de Glaciares

Fuente: telam

El debate tuvo lugar este miércoles en la Cámara de Diputados donde 137 legisladores votaron a favor, 111 en contra y solo tres se abstuvieron

La reciente sanción de la reforma de la Ley de Glaciares marca un antes y un después en la discusión sobre la protección de estas zonas y de las áreas periglaciares en el país.

Hasta el momento, la Ley 26.639 regulaba la preservación de estos cuerpos de hielo considerados reservas estratégicas de recursos hídricos. Tras conseguir 137 votos a favor y obtener 111 en contra mas tres abstenciones, el oficialismo avanzó con la modificación que ya contaba con la media sanción del Senado. De esta manera, fue girada al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Uno de los principales cambios aprobados gira en torno a otorgarle un mayor margen a las provincias para definir sus propios criterios de protección, en respuesta a los reclamos de distritos con desarrollo minero.

La Ley de Glaciares, sancionada en 2010, estableció los presupuestos mínimos para la protección de estos bloques de hielo naturales. La norma original los definió como bienes públicos, destinados a la conservación del agua para consumo, la recarga de cuencas hidrográficas, la protección de la biodiversidad, el desarrollo de actividades científicas y el turismo. Además, extendió su alcance a las áreas periglaciares, es decir, los suelos congelados que cumplen un papel relevante en la regulación del recurso hídrico.

Ahora, se introdujo un cambio en el enfoque la protección legal sobre las zonas zonas periglaciares y los llamados Glaciares de Escombros (GdE), áreas en las que se concentran reservas clave de agua y que coinciden, en muchos casos, con territorios de alto potencial para la actividad minera.

Mientras que la normativa anterior establecía una protección amplia, el proyecto sancionado esta madrugada plantea limitarla únicamente a aquellos que cumplan una "función hídrica comprobada o relevante". Esto implica que solo las áreas que sean consideradas estratégicas para el recurso hídrico quedarían bajo resguardo estricto.

En consecuencia, el texto habilita la posibilidad de autorizar actividades productivas y extractivas en zonas que la ley original protegía de manera general. Este cambio generó cuestionamientos de expertos y organizaciones ambientales, que advierten sobre los riesgos de permitir intervenciones en regiones fundamentales para la seguridad de los reservocios de agua dulce del país.

Por su parte, el Ejecutivo argumentó que la reforma ordenará el marco normativo, eliminará interpretaciones arbitrarias y fortalecerá el federalismo ambiental, permitiendo que las provincias asuman mayor protagonismo en la gestión de sus recursos.

Fuente: telam

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