Sábado 4 de Octubre de 2025

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CAMPO

Con el aval de la Red BPA, impulsan una ley nacional para regular la aplicación de fitosanitarios

La iniciativa establece “presupuestos mínimos ambientales” para el uso de fitosanitarios. Propone distancias mínimas de las zonas urbanas de 10 metros para aplicaciones terrestres y con drones, y de 45 metros para aéreas.

Los diputados Atilio Benedetti (Unión Cívica Radical) y Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) presentaron un proyecto de ley de presupuestos mínimos ambientales para la aplicación de fitosanitarios en toda la Argentina.

El texto, elaborado junto con la Red de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), espacio que agrupa a más de 80 instituciones del sector privado agropecuario, y acompañado por otros 20 legisladores de diferentes fuerzas políticas, “busca compatibilizar la actividad agrícola con la tutela de la salud y el ambiente”, señalaron los diputados.

En este marco, destacaron el hecho de que el proyecto, que aborda un tema siempre sensible en la relación entre el campo y la ciudad, se apoya en un amplio consenso alcanzado entre instituciones del sector productivo, académico y social, lo que le otorga un carácter federal y plural.

“Viene a cubrir un vacío normativo y ofrece un marco común que aporte previsibilidad, transparencia y confianza, tanto para la ciudadanía como para los actores productivos. De esta manera, se busca garantizar que la producción agropecuaria pueda desarrollarse de manera innovadora, competitiva y sostenible, en equilibrio con la protección de la salud y el ambiente”, agregaron.

En lo político, un dato no menor es que Benedetti es el presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara Baja, con lo cual seguramente podrá lograr que el tratamiento de este proyecto pueda ser logado.

FITOSANITARIOS: UNA REGULACIÓN NACIONAL

Para Benedetti, no se trata exclusivamente de responder las demandas sociales, sino también de “una apuesta estratégica para el futuro del sistema agroalimentario, que debe ser competitivo, tecnológicamente innovador y ambientalmente sostenible”, enfatizó.

En ese sentido, el núcleo de la propuesta es la implementación de buenas prácticas de aplicación de fitosanitarios. Esto significa que cada aplicación deberá realizarse con equipos registrados y en condiciones meteorológicas adecuadas, respetando zonas de resguardo y bajo receta de un profesional matriculado.

Con ello se busca asegurar trazabilidad, responsabilidad técnica y seguridad en cada práctica, reduciendo riesgos de deriva y promoviendo un manejo responsable en relación con comunidades, cursos de agua y áreas naturales protegidas.

A tal efecto, el proyecto diseña un marco regulatorio con protecciones mínimas que regirán en todo el territorio nacional, sin perjuicio de las potestades que las provincias tienen para incrementar esa protección teniendo en cuenta su geografía y particularidades locales.

El texto establece además la noción de zonas sensibles, de exclusión y de amortiguamiento, categorías territoriales que permiten ordenar de manera objetiva y transparente el uso de fitosanitarios según la cercanía con poblaciones, escuelas rurales, centros de salud o áreas de valor ambiental y cultural.

A modo de ejemplo, se establecen distancias mínimas desde las zonas sensibles de 10 metros para aplicaciones terrestres y con drones, y 45 metros para aplicaciones aéreas. También se refuerza la capacitación obligatoria y periódica de todos los actores involucrados y el control de los equipos aplicadores.

“La propuesta se alinea con el mandato constitucional de preservar el ambiente y con los compromisos internacionales del país en materia de desarrollo sostenible y además ofrece un marco que tiene por objetivo cuidar la salud de la población, asegurar transparencia en la información y garantizar la continuidad”, destacó Ferraro.

El texto normativo contempla también que los productos a utilizar sean exclusivamente aquellos autorizados por el SENASA, conforme a sus marbetes y hojas de seguridad, garantizando un control estricto sobre la legalidad y la seguridad de los insumos empleados, como también de sus equipos aplicadores y la capacitación obligatoria y periódica de quienes los operan.

“De este modo, la iniciativa eleva los estándares de seguridad y trazabilidad en la aplicación de fitosanitarios, garantiza la protección de la salud y del ambiente, y brinda un marco claro y uniforme para toda la actividad agropecuaria del país, respetando las particularidades provinciales y los compromisos internacionales de desarrollo sostenible”, cerraron.

LA MIRADA DESDE LA RED BPA

Por su parte, desde la Red BPA emitieron un comunicado en el que recordaron que “actualmente, Argentina carece de una ley nacional específica (sobre fitosanitarios), situación que genera incertidumbre, regulaciones locales dispares y desconfianza social”.

Por eso, “la iniciativa impulsada desde la RedBPA busca dar una respuesta, basada en evidencia científica, criterios de gestión del riesgo internacionalmente reconocidos y en la incorporación de las mejores tecnologías disponibles, considerando antecedentes nacionales e internacionales de relevancia”, agregaron.

De allí que el objetivo es “construir un marco regulatorio uniforme de referencia en todo el país, y que otorgue a la ciudadanía y a los actores productivos un horizonte de certidumbre, previsibilidad y confianza respecto de las prácticas vinculadas a la aplicación de fitosanitarios, compatibilizando la actividad agrícola con la salud pública y la preservación del ambiente”, completaron.

En ese sentido, aclararon que la propuesta “no es prohibicionista, sino que reconoce la necesidad de los fitosanitarios para la productividad, pero exige reglas modernas y seguras”, a la vez que “busca dar garantías a las comunidades rurales y urbanas, de proteger la salud de quienes trabajan en la aplicación de estos insumos, y de fortalecer la sostenibilidad de la producción en su conjunto, asegurando que las necesidades del presente puedan satisfacerse sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras”.

Para la RedBPA, los puntos claves de la ley son los siguientes:

  • Responsabilidades Claras: Define las funciones y obligaciones de todos los actores (comercializadores, asesores, productores, aplicadores, fiscalizadores, y planta de acopio).
  • Zonas de Uso: Introduce las nociones de zonas sensibles, de exclusión y de amortiguamiento para ordenar el uso de productos cerca de poblaciones, cursos de agua, escuelas rurales y áreas protegidas entre otras.
  • Receta Profesional: Toda aplicación debe realizarse bajo receta emitida por un profesional matriculado, fortaleciendo la trazabilidad.
  • Control de Insumos: Solo se podrán usar productos autorizados por SENASA.
  • Control de Equipos: Los equipos aplicadores deberán estar registrados, identificados y con verificación técnica periódica para reducir la deriva.
  • Capacitación Obligatoria: Establece un sistema nacional de capacitación periódica y obligatoria frente a los avances tecnológicos y científicos.
  • Monitoreo: Obliga a implementar programas de monitoreo ambiental, epidemiológico y de residuos en alimentos, con información pública y accesible.
  • Régimen Sancionatorio: Contempla un régimen sancionatorio administrativo, garantizando la aplicación efectiva de la norma y brindando mayor seguridad jurídica.

“El proyecto constituye una herramienta normativa moderna, integral y equilibrada, que busca ordenar, armonizar y elevar los estándares de regulación en materia de aplicaciones de productos fitosanitarios en la Argentina, necesario para el bienestar de nuestra sociedad”, agregaron desde el Gobierno.

Y cerraron: “Se trata de una apuesta estratégica para el futuro del sistema agroalimentario, que debe ser competitivo, tecnológicamente innovador y ambientalmente sostenible”.

EL PROYECTO DE LEY COMPLETO

Por Infocampo

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