Jueves 28 de Marzo de 2024

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POLITICA

Caamaño negó ser la responsable de la divulgación de información de la AFI

Cristina Caamaño, interventora de la Agencia Federal de Inteligencia.

La interventora de la Agencia Federal de Inteligencia prestó declaración indagatoria ante la jueza María Romilda Servini y el fiscal Eduardo Taiano, a quienes les respondió preguntas en el marco de un expediente en el que se investiga la filtración de identidades de espías y exespías.

La interventora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Cristina Caamaño, negó haber sido responsable de la filtración de información que le había sido solicitada por la Justicia, detalló los recaudos tomados a la hora de responder la requisitoria y pidió su sobreseimiento en la causa en la que está imputada, informaron fuentes judiciales.
Caamaño prestó declaración indagatoria ante la jueza María Romilda Servini y el fiscal Eduardo Taiano, a quienes les respondió preguntas en el marco de un expediente en el que se investiga la filtración de identidades de espías y exespías que figuraban en un libro de actas de la AFI que se incorporó a un expediente judicial.

"La AFI al remitir la información tomó todos los recaudos necesarios para proteger su contenido de conformidad con las exigencias que la normativa impone en materia de diligenciamiento de documentos clasificados y adicionalmente se le brindó a la autoridad judicial requirente pautas claras de actuación que -de haberse cumplido- hubiesen impedido cualquier tipo de filtración", sostuvo la funcionaria, según pudo reconstruir Télam.

La indagatoria duró unos 45 minutos en los que Caamaño dio detalles sobre cómo entregó el material a la fiscalía de Lomas de Zamora a cargo de Cecilia Incardona en el marco de la causa en la que se investigan las supuestas maniobras de espionaje ilegal desplegadas desde la Agencia de Inteligencia durante el gobierno de Mauricio Macri sobre dirigentes políticos, gremiales, sociales y hasta periodistas.

La información contenida en el acta era de tipo administrativa e incluía, por ejemplo, fechas de designaciones de agentes para cumplir funciones en el exterior, lo que generó que algunos de los mencionados denunciaran la filtración ante la Justicia que ahora investiga si se cometió algún delito y, en tal caso, quién es el responsable.
 

"La AFI al remitir la información tomó todos los recaudos necesarios para proteger su contenido de conformidad con las exigencias que la normativa impone en materia de diligenciamiento de documentos clasificados y adicionalmente se le brindó a la autoridad judicial requirente pautas claras de actuación que -de haberse cumplido- hubiesen impedido cualquier tipo de filtración"”



Caamaño explicó que, como primera medida, el material se mandó en formato papel para dificultar su reproducción y acompañado de una resolución que "contiene explicados de manera puntillosa los fines con los que se desclasificó la información, su carácter secreto, y la forma y el ámbito en que podía ser utilizada".

En esa resolución se indicaba que "no se permitía la reproducción, duplicación o divulgación de la documentación o información, ya sea a través de medios técnicos o humanos" y que "para el caso que la autoridad judicial requirente considerara necesario el acceso a la información y documentación allí desclasificada era preciso se arbitraran las medidas necesarias para que la compulsa que se realizara, llegado el caso, fuera personal y en la sede judicial donde aquella se encontraba", según indicó Caamaño ante la Justicia.

En otro pasaje de la indagatoria, la interventora a de la AFI afirmó que "la divulgación de la información que aquí se investiga no ha puesto de ningún modo en peligro la seguridad de la Nación, que es lo que el bien jurídico que tutela el art. 223 del Código Penal reclama para su configuración".

"El contenido de aquella copia del libro de actas era de carácter meramente administrativo o burocrático pues no contenía el cuerpo de cada una de las resoluciones que mencionaba, sino una indicación muy escueta del tema al que referían, y no incluía cuestiones de índole operativa vinculadas con la seguridad nacional o la relación con las agencias extranjeras; sino cuestiones meramente administrativas que no tienen absolutamente nada que ver con el tipo de secretos cuya vulneración reclama la norma penal indicada", remató.

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