Jueves 28 de Marzo de 2024

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PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Ley de Alcohol Cero en provincia de Buenos Aires: buscan "un cambio cultural en la gente"

La propuesta enviada por Axel Kicillof al Senado provincial establece que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo bajo penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación. "Es parte de un plan integral de la gestión", dijo el ministro de Transporte Bonaerense.

El ministro de Transporte bonaerense, Jorge D'Onofrio, dijo que con el proyecto de ley que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, que es impulsado por el Gobierno de la provincia, "se busca generar un cambio cultural en la gente" y "bajar los índices de siniestros" viales.

La propuesta fue enviada por el Ejecutivo de Axel Kicillof al Senado bonaerense el lunes pasado y prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo bajo penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

En declaraciones formuladas a Télam, el funcionario recalcó que la iniciativa que impulsa la denominada Ley de Alcohol Cero "es parte de un plan integral de la gestión, y tiene que ver con generar un cambio cultural en la gente".

"No podemos seguir especulando cuántos vasos de vino o de cerveza podemos tomar (para manejar), porque esa especulación hace que en uno de cada cuatro siniestros viales esté el alcohol en el medio", aseveró D'Onofrio.
 

"No podemos seguir especulando cuántos vasos de vino o de cerveza podemos tomar (para manejar), porque esa especulación hace que en uno de cada cuatro siniestros viales esté el alcohol en el medio"


Actualmente, el nivel de alcohol máximo permitido para los conductores es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

Con la modificación propuesta, el proyecto indica que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol”.

Además, incluye penalidades por infringir la ley que contemplan desde el arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre: hasta los 0,49 gramos por litro la retención será de tres meses, mientras que para los conductores que tengan más de 1,5 g/l será de 18 meses.

Los infractores también deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.

"El gobernador nos ha dado la tarea de generar políticas que busquen un cambio permanente en la sociedad, por eso, con la ley de alcohol cero vamos a generar los mayores consensos posibles para que salga (aprobada en la Legislatura) con una mayoría absoluta", subrayó D'Onofrio y consideró que la norma "debe ser un ejemplo de acuerdo, diálogo y concertación".

"Vamos a escuchar, además, a distintos sectores de la producción que están involucrados, como pueden ser empresas que fabriquen bebidas, el sector gastronómico, y también con organizaciones que deseen participar", continuó y añadió que "el debate es sano y es importante darlo, porque para lograr bajar los índices de siniestros es fundamental tener esta ley cuanto antes".

"Estamos seguros que con esta iniciativa aportamos a solucionar un problema que aqueja a millones de bonaerenses y que, además, cuenta con un apoyo de más del 90 por ciento", remarcó D'Onofrio y planteó que "a cada uno y cada una de los habitantes de la provincia les puedo decir que vamos a tener una ley esperada y que nos va a traer un poco más de tranquilidad".

La siniestralidad vial es la primera causa de muerte en personas menores de 35 años y el alcohol está presente en 1 de cada 4 siniestros viales.

La tolerancia cero al alcohol ya rige como ley en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán. También como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez; y en ciudades del interior del país como Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe).

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