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Sanidad: actualizan y unifican normas para el acondicionamiento y empaque de frutas y hortalizas

La Secretaría de Agricultura dispuso un nuevo marco regulatorio, aplicable por el Senasa, para establecimientos que se dediquen a estas actividades también para aromáticas, hongos, algas y semillas.

A través de una resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Gobierno nacional dispuso un nuevo marco normativo que deberá aplicar el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) a la hora de habilitar establecimientos que se dediquen al acondicionamiento y empaque de frutas, hortalizas, hongos, algas y semillas comestibles.

De acuerdo con lo expresado en el documento publicado en el Boletín Oficial, las normas que regían estas actividades, además de no estar unificadas, estaban desactualizadas, por lo que se decidió avanzar tanto en su actualización como en su unificación.

“En relación con las condiciones de inocuidad de las frutas, hortalizas, aromáticas, hongos, algas y semillas comestibles que se destinan al consumo, resulta necesario contar con un marco normativo unificado y actualizado, donde se contemplen los requisitos, procedimientos, criterios y alcances que tienen que cumplir los lugares de acondicionamiento”, menciona la resolución en sus fundamentos.

Y agrega que “en este sentido, es importante establecer procesos y procedimientos claros, para procurar minimizar el riesgo de contaminar los productos en los lugares de acondicionamiento”.

NUEVAS NORMAS PARA FRUTAS Y HORTALIZAS

“Por consiguiente, resulta conveniente y oportuno mantener vigentes tales registros a fin de unificarlos en uno solo para gestionar de forma más eficiente las inscripciones de los lugares de acondicionamiento y el manejo de información que se genera en aquellos”, continúa la resolución.

Es en este punto que agrega que las normativas actuales que regían estas actividades, establecidas hace casi 30 años, estaban fuera de los estándares que se han ido mejorando con el paso del tiempo.

“La actual reglamentación de los lugares de acondicionamiento, establecidos por la Resolución N° 48/98, ha experimentado, debido al transcurso del tiempo, una desactualización respecto a los avances tecnológicos y los cambios de prácticas en las actividades sobre las que este sistema regulatorio interactuaba, por lo que resulta necesario su actualización y adaptación a las nuevas realidades verificadas en las actividades, en lo que refiere al control de la inocuidad de las mismas”, explica la resolución.

Por eso, insiste en que “resulta necesario contar con un marco normativo general consolidado que permita adoptar medidas anticipadas de control, en los procesos que van desde la selección y empaque hasta la distribución”.

En tal sentido, añade además que “las nuevas figuras en acondicionamiento y empaque de frutas, hortalizas, aromáticas, hongos, algas y semillas comestibles que han ido surgiendo, deben ser incorporadas a la normativa, para facilitar su integración y permitir una planificación permanente de capacitación, que oriente y fije lineamientos sobre infraestructura, manejo y acondicionamiento, respetando los principios de inocuidad”.

Así, “por las consideraciones expuestas, corresponde unificar la normativa sanitaria de frutas, hortalizas, aromáticas, hongos, algas y semillas comestibles, contemplando todos los lugares de acondicionamiento donde se realice el procesamiento de estos productos, que prevea la asistencia técnica a través de especialistas en inocuidad agroalimentaria, para la implementación, adopción, establecimiento de prácticas y procesos en todas las etapas, para promover las condiciones de inocuidad y la salud de los consumidores”, cierra la resolución, que puede conocerse en detalle AQUÍ.

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