Lunes 25 de Noviembre de 2024

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PANDEMIA

El Gobierno recordó las medidas preventivas que rigen desde este lunes

Del 31 de mayo al 11 de junio seguirán vigentes las normas del decreto anterior a la etapa de aislamiento

En las zonas de medio riesgo epidemiológico y sanitario son los gobernadores los que "pueden adoptar medidas que disminuyan las circulación para prevenir la transmisión del coronavirus".

El Gobierno recordó que desde el lunes, tal como establece el DNU 334/21, del 31 de mayo al 11 de junio seguirán vigentes las normas por el coronavirus que establecía el decreto anterior a la etapa de aislamiento que concluye este domingo, excepto el primer fin de semana de junio, cuando la circulación estará restringida entre el próximo viernes a las 18 y el lunes 7 a las 6.
En el Twitter de Casa Rosada se detallaron cada una de las medidas de prevención que rigen para todo el país y cuales se darán dependiendo de que se esté en zona de alerta, alta, media o baja circulación epidemiológica.

En ese contexto, el Gobierno de Alberto Fernández recordó que en todo el país se "suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio, de jubilados y de grupos turísticos; las reuniones sociales de más de 10 personas y la asistencia al trabajo para personas de riesgo".

En tanto, en las zonas de Alarma Epidemiológica y Sanitaria "se suspende la actividad de shoppings y centros comerciales; las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados", remarcó el Ejecutivo Nacional en un hilo de tuits que incluyeron gráficos.

Además, "los locales comerciales deberán cerrar entre las 19 y las 6 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno; se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles; se prohíben los deportes grupales de contacto al aire libre; la actividad de clubes, gimnasios y establecimientos afines y también en casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta", explicó.

Con respecto a los locales gastronómicos, "deberán cerrar entre las 19 y las 6 del día siguiente. Luego de las 19, podrán continuar bajo las modalidades delivery", en tanto durante el horario permitido "tendrán que funcionar en los espacios habilitados al aire libre".

También se "prohíben las reuniones en domicilios particulares, la circulación entre las 20 y las 6 de la mañana del día siguiente y el transporte público se reserva para el uso exclusivo de personal esencial y autorizado", dijo el Gobierno.

Para las zonas en alto riesgo epidemiológico y sanitario rigen las mismas medidas que para las zonas que están en alerta, solo que cambia el límite de horario para los locales gastronómicos y de circulación.

"Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 y no se puede circular desde las 24 a las 6 del día siguiente", dijeron las autoridades.

Y en lo que respecta a las zonas de medio riesgo epidemiológico y sanitario son los gobernadores los que "pueden adoptar medidas que disminuyan las circulación para prevenir la transmisión del coronavirus", completó.

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