POLICIALES
Piden elevar a juicio el crimen de la mujer indigente, pero por "femicidio"
Violeta Fernández tenía 78 años y vivía en situación de calle
Se trata del crimen de Violeta Argentina Fernández, la mujer en situación de calle que el pasado 6 de abril fue hallada asesinada a golpes sobre la calle Agüero. Por el asesinato fue detenido a tres días del hecho otro indigente, identificado como Juan Arturo Pérez Sánchez.
Se trata del crimen de Violeta Argentina Fernández (78), la mujer en situación de calle que el pasado 6 de abril fue hallada asesinada a golpes
sobre la calle Agüero al 2391, y por cuyo asesinato fue detenido a tres días del hecho otro indigente, identificado comoJuan Arturo Pérez Sánchez (25).
El caso -que tuvo repercusión pública y redes sociales porque Violeta recibía asistencia por parte de algunos vecinos solidarios de la zona-, se dio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, distrito donde, según el último informe de la Oficina de La Mujer de la Corte Suprema de Justicia, se produjo la mayoría de los femicidios de mujeres en situación de calle en 2020.Según el informe, de los 251 femicidios directos registrados por la Justicia en 2020 en todo el país, cinco tuvieron como víctimas a mujeres que vivían en la vía pública, y de todos ellos, cuatro casos ocurrieron en la Capital Federal y el restante en la provincia de Tucumán.
En esta causa, la fiscal Mónica Cuñarro pidió ante el juez en lo Criminal y Correccional 30, Edmundo Rabbione, la elevación a juicio del expediente pero con un cambio de eje relacionado a la calificación del hecho.
Si bien Pérez Sánchez primero fue procesado por el delito de “homicidio simple” y luego el juez le amplió el procesamiento y fijó la carátula en un “homicidio agravado criminis causa”, es decir aquel que se comente para ocultar otro delito y garantizar la impunidad, que tiene una pena de prisión perpetua, la fiscal opinó que el crimen de Violeta era un “femicidio”.
“El homicidio de Violeta Argentina Fernández fue un hecho vinculado a su condición de mujer y se enmarcó en un contexto de violencia de género”, sostuvo la titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional 7, en el requerimiento al que tuvo acceso Télam.“El homicidio de Violeta Argentina Fernández fue un hecho vinculado a su condición de mujer y se enmarcó en un contexto de violencia de género””
“No comparto la agravante escogida por V.S.”, señaló la fiscal en referencia al “criminis causae” planteado por Rabbione ante la hipótesis de que Pérez Sánchez mató a Violeta para intentar robarle los 19.000 pesos y 1.200 dólares que la mujer tenía ocultos pero fueron hallados intactos en el forro de la capucha de una campera.
Cuñarro explicó que para aplicar esa figura “se requiere una conexión entre el robo y el homicidio que no está probada en autos”.
En cambio, la fiscal acusó a Pérez Sánchez de ser el autor de un “homicidio agravado por haber sido perpetrado de un hombre hacia una mujer y mediando violencia de género”, es decir, la figura del femicidio contemplada en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal y también penada con perpetua.
La figura del femicidio
“Lo característico de este tipo de violencia es que constituye una manifestación de la desigualdad estructural e histórica que existe entre varones y mujeres en la sociedad patriarcal, que se expresa en la relación de dominación de unos sobre otras”, argumentó Cuñarro.
Recalcó que en este caso, "se logró acreditar que el acusado cometió su conducta mediando violencia de género”.
“El acusado valiéndose de la nocturnidad y del estado de vulnerabilidad de la víctima, toda vez que se encontraba en situación de calle y durmiendo o desprevenida, llevó a cabo un accionar que le causó la muerte”, agregó.
Cuñarro dio por acreditado que Pérez Sánchez asesinó a Fernández en 14 segundos cuando, según quedó registrado en un video de una cámara de seguridad, la golpeó entre la 1.08.13 y la 1.08.27 de la madrugada del 6 de abril, en momentos en que la víctima “se encontraba durmiendo en la vereda, frente al inmueble emplazado sobre la calle Agüero 2391”.“Lo característico de este tipo de violencia es que constituye una manifestación de la desigualdad estructural e histórica que existe entre varones y mujeres en la sociedad patriarcal"”
“Fernández fue sorprendida por el imputado quien, se abalanzó sobre ella y le propinó al menos un golpe en la cabeza, provocándole traumatismos craneoencefálicos que desencadenaron su inmediato deceso”, indicó.
Al mencionar las pruebas contra el imputado, la fiscal destacó los videos conseguidos por la División Sumarios y Brigada de Prevención de la Comisaria Comunal 2, y el relato de tres testigos que vieron o reconocieron al imputado antes y después del ataque, incluso, cuando a los pocos minutos del crimen regresó a la escena para revisar las ropas de la víctima.
La autopsia determinó que Violeta murió como consecuencia de un “traumatismo de cráneo-encefálico” que pudo haber sido producido mediante golpes “con una piedra que tuviera punta” o que fue “golpeada contra el piso, en donde hubiese algún elemento con punta”.
Cuñarro también afirmó que “es importante mencionar que este hecho no fue cometido al azar” y recordó que “las partes ya se conocían”, debido a que Pérez Sánchez fue condenado el 6 de noviembre de 2018 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 20 porteño a un año de prisión efectiva por el delito de robo simple en grado de tentativa en perjuicio de la misma víctima del homicidio.
En esa ocasión, el joven le sustrajo dos mil pesos a Violeta tras ingresar a la casa rodante en donde la víctima vivía antes de que se incendiara, y tomarla del cuello, pero fue rápidamente detenido por la Policía.
Cuando lo procesó en mayo pasado, el juez Rabbione había sostenido que el acusado "pudo guardar cierto encono o rencor hacia Violeta Fernández, debido a que en razón de que ésta lo acusara formalmente de sustraerle dinero, había tenido que purgar una pena de prisión en un establecimiento penitenciario".
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