Miércoles 30 de Octubre de 2024

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BOLETÍN OFICIAL

Quedó promulgada la ley que reduce las tarifas de gas en zonas de bajas temperaturas

a normativa, sancionada por el Senado el 25 de junio último, modifica el artículo 75 del Presupuesto 2021.

A través del Decreto 441/2021, el Gobierno nacional puso en vigencia la normativa que alcanzará a más de tres millones de habitantes de ocho provincias y a beneficiarios de la seguridad social en todo el país.

El Gobierno promulgó la Ley 27.637 que permite una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas, a través del Decreto 441/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa, sancionada por el Senado el 25 de junio último, modifica el artículo 75 del Presupuesto 2021 para beneficiar a más de tres millones de habitantes de municipios de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, Jujuy, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas.

Además, reduce en alrededor del 50% las tarifas a los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mínimos-, del monotributo social, de usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.
 

La Ley 27.637 permite una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas


También podrán tener este beneficio quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

La ley también prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artículo 75, Ley 25.565) y aumenta la cantidad de departamentos y localidades de todo el país de temperaturas bajas comprendidos en este beneficio.

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