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15/04/2025

El Gobierno autorizó a una nueva empresa para prestar servicios de rampa

Fuente: telam

Se trata de Global Protection Service y es la tercera compañía privada de este tipo habilitada para operar. El Ejecutivo continúa fomentando la competencia con Intercargo, la empresa estatal de handling

>Luego de la desregulación del sector aerocomercial, el Gobierno autorizó a la empresa Global Protection Service S.A. a explotar servicios operacionales y de rampa en todos los aeropuertos del país. Se trata de la tercera compañía de este tipo que comenzará a operar.

Global Protection Service, perteneciente al Grupo Sima, que ya presta servicios de seguridad aeroportuaria, indicaron desde el Ejecutivo, ha dado cumplimiento a las exigencias que establece la reforma del Código Aeronáutico y su reglamentación.

La compañía se suma a las empresas Fly Seg, que ya venía operando en aeropuertos prestando otros servicios, como el de mostradores, y Air Class Cargo, una línea aérea de origen uruguayo, que fueron habilitadas a prestar los mismos servicios en los primeros meses del año.

Su llegada es posible debido a los cambios regulatorios que dispuso el Ejecutivo el año pasado para fomentar la competencia y mejorar la conectividad. En este sentido, le quitó el monopolio a Intercargo, empresa estatal de handling, que se busca privatizar.

Como antecedente, en julio, con el decreto 500/24, el Ejecutivo había desregulado el servicio de rampa, de manera tal que cualquier empresa aérea pueda brindarlo. Flybondi, American Airlines y Aerolíneas Argentinas ya se autoprestaban.

Pero hoy cualquier empresa, sin necesidad de ser aerocomercial, puede ofrecer el servicio, siempre que cuente con la autorización de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Además, la tarifa está desregulada: el canon a pagar es negociado entre la línea aérea y la prestadora.

Otra de las políticas destacadas en el sector es la de Cielos Abiertos. Desde el inicio de la nueva gestión, se rubricaron Memorándum de Entendimiento (MOU) con 15 países: Brasil, Chile, Perú, Ecuador, Canadá, Panamá, Uruguay, Paraguay, México, Ruanda, República Dominicana, Etiopía, Qatar, Turquía y Emiratos Árabes.

Así, se establecen frecuencias ilimitadas, permitiendo a las aerolíneas determinar la cantidad de vuelos según la demanda. También, en varios casos se pactó hasta la novena libertad del aire, lo que habilita a las líneas aéreas a realizar vuelos de cabotaje y viceversa en servicios combinados (pasajeros y carga) y de carga exclusiva.

Fuente: telam

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