Domingo 22 de Diciembre de 2024

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POLICIALES

Prisión perpetua para el femicida de la dueña de un geriátrico en Del Viso

El geriátrico se encuentra en Mar del Plata al 2000, de Del Viso, partido de Del Viso. (Street view)

La pena recayó en Julio César Medina quien fue hallado culpable de los delitos de "robo simple en concurso real con homicidio criminis causae" en perjuicio de a Josefa Salinas Gómez, dueña de un geriátrico en en el partido de Pilar.

Un hombre fue condenado a prisión perpetua por estrangular en febrero de 2014 a la dueña de un geriátrico de la localidad bonaerense de Del Viso, partido de Pilar, para robarle unos 1800 pesos que le pagaban los ancianos allí alojados, y para lo cual realizó inteligencia previa respecto a los horarios y a los días de pago, informaron este martes fuentes judiciales.
La pena recayó en Julio César Medina (61), apodado "Cacho", a quien el Tribunal Oral Criminal 1 de San Isidro halló culpable de los delitos de "robo simple en concurso real con homicidio criminis causae" en perjuicio de a Josefa Salinas Gómez, conocida como "Alma", dueña de un geriátrico situado en Mar del Plata al 2000, de Del Viso.

La mujer fue golpeada y luego estrangulada por el atacante que la despojó de un dinero que había cobrado por el alojamiento de ancianos, según el fallo judicial dictado ayer, al que tuvo acceso Télam.

Según la acusación que llevó adelante la fiscal de juicio de San isidro Valeria Oyola, Medina asesinó a la dueña del geriátrico para robarle y asegurar luego su impunidad, ya que ésta lo reconoció debido a que era entonces pareja de una empleada suya.

Esa mujer, identificada como Azucena Coronel, trabajaba hacía un mes en el asilo e inicialmente fue detenida en el marco de la causa, aunque durante la instrucción fue desvinculada, dijeron las fuentes. Según declararon testigos, el sentenciado solía acompañar a su pareja al geriátrico debido a que "ella tenía problemas con un exnovio que era violento y la molestaba".

En esas situaciones es donde los investigadores sospechan que Medina habría hecho tareas de inteligencia para irrumpir en el lugar, ya que era una finca muy grande, con múltiples accesos.

"Quien entró tenía que conocer precisamente los movimientos del geriátrico y saber cómo actuar para poder consumar el hecho", explicó a Télam una fuente vinculada a la investigación.

De acuerdo a la pesquisa, el 10 de febrero de 2014, pasadas las 18, la policía fue alertada sobre la presencia de una mujer fallecida en un cuarto bajo escalera del domicilio de Mar del Plata 2026, entre Unamuno y Ruta 8, de Del Viso, por lo que rápidamente se trasladaron hasta dicho destino.

Al llegar, hallaron a la dueña del geriátrico tirada en el piso y acostada lateralmente con varias cosas arriba de su cuerpo y, tras la autopsia de rigor, se estableció que había sido golpeada en el rostro y luego estrangulada con una soga de yute. En el cuarto donde fue hallado el cadáver, Salinas solía guardar el dinero de la mensualidad que abonaban las personas mayores que residían en el asilo.

Por otro lado, según la autopsia, "Alma" fue asesinada entre las 14.30 y las 17, horario que coincide con el momento en el que los ancianos dormían la siesta. Ante estas situaciones, los investigadores comprobaron que "el autor del hecho conocía minuciosamente los horarios del asilo y los momentos de cobro".

En los argumentos del fallo, el juez Alberto Ortolani resaltó que, durante el debate oral desarrollado entre el 27 de diciembre y el 4 de octubre últimos, se obtuvieron diversas pruebas que indican que "con la finalidad de lograr su impunidad y asegurar el resultado de su accionar delictivo, Medina, con dolo homicida, le propinó un golpe en la zona del ojo izquierdo a la mujer, para luego comprimirle el cuello hasta provocarle la muerte por estrangulamiento, abandonando el primero una vez ello el lugar no sin antes apoderarse ilegítimamente de una suma de dinero de entre 1700-1800 pesos".

"Tales circunstancias las tengo por probadas a través de los testimonios escuchados en la audiencia de debate más el resto de actuaciones que quedarán incorporadas por su lectura al mismo", añadió el magistrado.

Ortolani destacó, entre esas pruebas, que "dos fueron las personas que escucharon de boca del propio Medina su confesión en cuanto a haber sido él y ningún otro el autor de los hechos", mientras que un testigo relató actitudes y manifestaciones del acusado posteriores al hecho "que claramente lo delatan como ejecutor del accionar delictivo". A la vez resaltó que el acusado, tras el hecho, contó con dinero como para costear un viaje, el que antes no tenía.

Otro dato relevante para los magistrados fue que en la escena del crimen se halló un atado de cigarrillos Philip Morris Box, misma marca de la que solía fumar "Cacho" Medina.

"Resulta claro como la luz del día que el desapoderamiento ilegítimo perpetrado contra la persona de Josefa Salinas Gómez, concluyó desgraciadamente con la muerte de la misma, resolución que el sujeto activo tomó con el único objetivo de lograr la consumación del mismo y de procurar su impunidad una vez cometido, habida cuenta que la víctima conocía de su identidad", expresó el juez.

El voto del magistrado fue apoyado por sus colegas María Elena Márquez y Gonzalo Aquino, por lo que el fallo dictado fue unánime.

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