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07/09/2025

Dónde voto hoy, 7 de septiembre, en las elecciones Buenos Aires 2025

Fuente: telam

La provincia renueva la mitad de su Legislatura y cargos municipales en una jornada clave, con centros de votación abiertos de 8 a 18hs

>Este domingo 7 de septiembre, la La elección, al estar despegada del calendario federal, permite observar con mayor nitidez la dinámica política bonaerense y la disputa de liderazgos en el distrito más poblado del país.

Los centros de votación funcionan de 8:00 a 18:00 horas, y todas las personas que estén en la fila al momento del cierre conservarán su derecho a votar. Más de 14,3 millones de bonaerenses están habilitados para sufragar en casi dos mil establecimientos distribuidos en toda la provincia, en un operativo coordinado por la Junta Electoral bonaerense, con apoyo del Correo Argentino y las fuerzas de seguridad.

El régimen electoral bonaerense contempla la participación de extranjeros con residencia legal en la provincia. Para estar habilitado, el votante extranjero debe encontrarse inscripto en el registro especial del Padrón de Extranjeros, gestionado por la Junta Electoral provincial. Además, se requiere cumplir un tiempo mínimo de residencia y disponer del DNI actualizado con domicilio bonaerense.

La base normativa se encuentra en el artículo 191 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que reconoce el derecho de los residentes extranjeros inscriptos a elegir autoridades municipales, y en la Ley Electoral provincial N.° 5109, que reglamenta el procedimiento de empadronamiento y la organización del padrón especial.

La ley prevé que los extranjeros empadronados puedan elegir cargos locales, como concejales y consejeros escolares, así como otras autoridades provinciales, siempre bajo las mismas garantías de secreto, universalidad y obligatoriedad (en ciertos casos) que rigen para los ciudadanos argentinos. La única vía formal para que un extranjero vote es figurar en el padrón especial confeccionado para tal fin; ni jueces ni fiscales pueden habilitar la emisión del sufragio fuera de ese registro.

El voto es obligatorio para:

    El voto es voluntario para:

      Excepciones y justificaciones:

        La provincia de Buenos Aires mantiene el sistema de “boleta partidaria tradicional” para estos comicios, una modalidad con décadas de vigencia en el distrito. Cada partido o alianza presenta su propia boleta donde figuran todos los cargos a renovar en cada sección y distrito. El elector recibe las boletas de todas las fuerzas y puede depositar en el sobre la de su preferencia o incluso combinar diferentes listas (corte de boleta).

        Este método difiere de la Boleta Única de Papel implementada en los comicios nacionales, que se utilizarán en octubre, y fue defendido por las autoridades provinciales debido a la familiaridad que ofrece al electorado. La entrega, manipulación y escrutinio se rigen por las reglas establecidas en el Código Electoral Provincial y supervisadas por la Junta Electoral bonaerense.

        La inasistencia injustificada al acto electoral genera sanciones para los ciudadanos que están obligados a votar. Quienes no concurran a las urnas y no presenten una justificación válida son incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar.

        Para regularizar la situación, la persona debe ingresar al portal oficial infractores.padron.gob.ar, verificar con su DNI si figura en el listado y, en caso de corresponder, pagar la multa por medios electrónicos o en el Banco Nación.

        En el Artículo 125 del Código Nacional Electoral todavía se establece como valor de sanción un monto de entre $50 y $500. Sin embargo, diferentes resoluciones administrativas de la Justicia Electoral actualizaron esa cotización, llevándola a valores más acordes con la realidad económica actual.

        Fuente: telam

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